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Parlamento Europeo
Parlamento Europeo | |||||
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(VIII Legislatura) | |||||
Datos Generales | |||||
País | Unión Europea | ||||
Creación | 1952 | ||||
Tipo | Cámara baja | ||||
Inicio de sesiones | 1 de julio de 2014 | ||||
Liderazgo | |||||
Presidente | Martin Schulz, S&D desde el 1 de julio de 2014 | ||||
Vicepresidencia | |||||
Estructura | |||||
Miembros | 750 y el Presidente | ||||
Grupos representados | 221 GP Populares Europeos 191 GP Socialistas y Demócratas 70 GP Conservadores 67 GP Liberales y Demócratas 52 GP La Izquierda 50 GP ALE-Los Verdes 48 GP Euroescépticos 52 GP de no inscritos | ||||
Salario | 84.000 €/año | ||||
Atribuciones | Título I del Protocolo sobre las disposiciones transitorias del Tratado de Lisboa y del Tratado de la Unión Europea | ||||
Sedes | |||||
Hemiciclo del Edificio Louise Weiss, Estrasburgo | |||||
Sitio web | |||||
www.europarl.europa.eu | |||||
Cronología | |||||
El Parlamento Europeo (PE; también conocido popularmente como Europarlamento o Eurocámara) es la institución parlamentaria que en la Unión Europea (UE) representa directamente a los ciudadanos de la Unión y que junto con la Comisión Europea y el Consejo de la Unión Europea ejerce la función legislativa. Descrito como uno de los legisladores más poderosos del mundo,[1] el Parlamento Europeo está compuesto por 751 diputados[2] que representan al segundo mayor electorado democrático del mundo (tras el Parlamento de la India) y el mayor electorado transnacional (375 millones de votantes en el año 2009).[3] [4] [5] Además, es la única institución elegida directamente por los ciudadanos en la Unión Europea.[6]
Ha sido elegido por sufragio universal, directo y secreto cada cinco años desde 1979. Sin embargo, la participación en las elecciones europeas ha caído consecutivamente en cada votación desde esa fecha, y ha estado por debajo del 50% desde 1999. En las elecciones de 2009, el porcentaje de votantes se situó en el 43% de los ciudadanos europeos con derecho, oscilando entre el 90% en Estados miembros como Luxemburgo y Bélgica (donde el voto es obligatorio) y el 20% en Eslovaquia. La participación fue inferior al 50% en 18 de los 27 Estados miembros.[7]
El Parlamento es considerado la "primera institución" de la Unión Europea: es mencionado en primer lugar en los tratados y su Presidente tiene preferencia protocolaria sobre todas las demás autoridades a nivel europeo.[8] Comparte con el Consejo la competencia legislativa y presupuestaria, teniendo el control sobre el presupuesto de la Unión Europea. La Comisión Europea, el órgano ejecutivo de la Unión, es responsable ante el Parlamento. En concreto, el Parlamento Europeo elige al Presidente de la Comisión, aprueba (o rechaza) la designación de la Comisión en su conjunto, e incluso puede destituirla como órgano presentando una moción de censura.[9] [10]
El actual Presidente del Parlamento Europeo es el socialdemócrata Martin Schulz que fue elegido en enero de 2012[11] y reelegido en el cargo el 1 de julio de 2014 para presidir una cámara compuesta por una gran variedad de partidos asociados en grupos. Los dos principales grupos del Parlamento Europeo (juntos poseen el 55% de los escaños) son el Grupo del Partido Popular Europeo y el Grupo de la Alianza Progresista de Socialistas y Demócratas.[12]
Desde la fundación del Parlamento en 1952, sus competencias fueron ampliadas varias veces, sobre todo a través del Tratado de Maastricht en 1992 y por el reciente Tratado de Lisboa en 2007.
El Parlamento Europeo tiene dos lugares de reunión: el Edificio Louise Weiss en Estrasburgo, Francia, en el que tienen lugar doce sesiones plenarias de cuatro días al año y es la sede oficial del Parlamento, y el complejo de edificios del Espacio Léopold en Bruselas, Bélgica, que es el mayor de los dos y sirve para las reuniones de los comités, los grupos políticos y las sesiones plenarias complementarias. La Secretaría General del Parlamento Europeo por su parte, el cuerpo administrativo, tiene su sede en Luxemburgo.[13]
Historia
El Parlamento Europeo, al igual que las demás instituciones europeas, no estaba diseñado en su forma actual cuando se reunió por primera vez el 10 de septiembre de 1952. Se trata de una de las más antiguas instituciones y comenzó como la Asamblea Común de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, una asamblea consultiva de 78 parlamentarios procedentes de los parlamentos nacionales de los Estados miembros que no poseía poderes legislativos.[14] [15]
La Asamblea de las CC. EE.
Entre el 10 y el 13 de septiembre de 1952, se reunió por primera vez, en el marco de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA), una Asamblea Parlamentaria compuesta por 78 diputados designados por sus respectivos parlamentos nacionales.
Esta Asamblea prácticamente sólo tenía competencias consultativas, aunque también tenía el poder de forzar una dimisión de la Alta Autoridad de la CECA (la posterior Comisión Europea) a través de una moción de censura. En 1957, a través de los tratados de Roma, se fundaron la Comunidad Económica Europea (CEE) y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom). La Asamblea Parlamentaria, que en este momento estaba constituida por 142 diputados, ahora fue competente para las tres Comunidades; Robert Schuman fue elegido como primer presidente de este órgano ampliado.
Aunque la Asamblea no obtuvo nuevas competencias, empezó a autodenominarse Parlamento Europeo (nombre que no fue reconocido oficialmente por los Estados miembros hasta 1986). Cuando las Comunidades Europeas obtuvieron un presupuesto propio en 1971, la Asamblea pudo participar en las decisiones sobre los gastos previstos, aunque no en el campo de los gastos para la Política Agrícola Común, que en ese momento eran cerca del 90 % del total del presupuesto europeo.
Este relativa insignificancia del PE hizo que, durante los años 70, obtuviera la fama de un órgano irrelevante que sólo servía para dar cargos a políticos ancianos donde ya no pudieran "molestar".
Sin embargo, a partir de los años 80 esta situación empezó a cambiar poco a poco. Si las primeras elecciones europeas directas en 1979 le dieron un mayor peso simbólico, el Acta Única Europea en 1986 significó la primera ampliación real de competencias para el Parlamento.
Con el llamado procedimiento de cooperación, el Parlamento Europeo participó en la legislación general y podía adoptar oficialmente enmiendas para los proyectos legislativos, aunque la última palabra todavía permanecía en el Consejo de la UE.
Tratado de Maastricht
Véase también: Tratado de Maastricht
Esto cambió en el siguiente paso de ampliación de competencias del Parlamento Europeo, el Tratado de Maastricht de 1992. En este tratado, se introdujo para algunas materias políticas el procedimiento de codecisión, según el cual el Parlamento tenía los mismos poderes que el Consejo: todavía no podía imponer un proyecto de ley en contra del deseo del Consejo, pero éste tampoco podía decidir sin el Parlamento. Además, el Parlamento obtuvo el poder de nombrar comisiones de investigación, lo cual amplió notablemente sus posibilidades de control.
En las reformas en los tratados de Ámsterdam 1997 y Niza 2001, el procedimiento de codecisión fue ampliado a la gran mayoría de las materias políticas de la Unión Europea. Sin embargo, todavía tiene menos poderes que los parlamentos nacionales en la mayoría de los Estados democráticos.
Por una parte, sus poderes están limitados a las competencias entregadas a la Comunidad Europea por los Estados miembros, por lo que la institución no tiene control sobre las políticas sostenidas por los Estados en otros campos políticos.
Por otra parte, su control tampoco es pleno en dos de los tres pilares de la Unión Europea: los que se refieren a la política exterior y de seguridad común y a la cooperación policial y judicial en materia penal. En el pilar comunitario, sin embargo, casi todas las decisiones exigen el acuerdo favorable del Parlamento que, además, es responsable de fijar el presupuesto anual de las Comunidades Europeas.
El 20 de julio de 2004 se constituyó para su sexta legislatura. En ella, comenzó con 732 eurodiputados (oficialmente Miembro del Parlamento Europeo o MPE); desde el 15 de enero de 2007 (entrada de Rumania y Bulgaria) son 785. En 2008, el Parlamento consiste de siete grupos y un número de diputados no inscritos.
En sus respectivos países, estos diputados son miembros de cerca de 160 partidos diferentes, que en su mayoría se han unido a nivel europeo para formar partidos políticos europeos. Los dos grupos parlamentarios más grandes del parlamento son el del Partido Popular Europeo - Demócratas Europeos (PPE-DE) y el del Partido Socialista Europeo (PSE).
Durante la primera mitad de la legislatura, el presidente del PE fue José Borrell (PSE); durante la segunda mitad, es Hans-Gert Pöttering (PPE).
Tratado de Lisboa
El Tratado de Lisboa introduce diversas novedades fundamentales en el funcionamiento del Parlamento Europeo. El procedimiento de codecisión, rebautizado significativamente como "procedimiento legislativo ordinario" se extiende sobre la mayor parte de las materias, a excepción de las que correspondan a los procedimientos legislativos especiales.
También se potencia la participación de los parlamentos nacionales, siendo destacables los mecanismos relativos a la obtención de información; de evaluación en materia de libertad, seguridad y justicia; y de revisión de los Tratados. Especial mención merece el control del principio de subsidiariedad, por el que una tercera parte de los parlamentos nacionales podrán obligar a la Comisión a revisar su propuesta, aun cuando es la propia Comisión la que decide sobre su eventual modificación.
No obstante, si la mayoría de los parlamentos nacionales se adhiere, y la Comisión sigue manteniendo la propuesta, la decisión final corresponderá al Parlamento Europeo junto con el Consejo.
El Tratado de Lisboa también introduce un procedimiento de iniciativa ciudadana, que requiere la firma de al menos un millón de ciudadanos de varios Estados miembros, y que supone una petición a la Comisión para que presente una determinada propuesta.
Hay que señalar que no se trata de un procedimiento de iniciativa en el sentido estricto del término, habida cuenta que tan sólo es una solicitud no vinculante a la Institución que posee el verdadero poder de iniciativa.
Según el tratado de la Comunidad Europea, está previsto que a partir de la séptima legislatura (2009-2014) el Parlamento sólo tenga 736 miembros. Tras la aprobación del Tratado de Lisboa, el número sería de 751 eurodiputados (750 más el Presidente).
Funciones y poderes
El Parlamento Europeo tiene, fundamentalmente, tres tareas: examinar y adoptar la legislación europea, aprobar el presupuesto de la UE y efectuar un control democrático de las otras instituciones, sobre todo de la Comisión. Además, el Parlamento tiene que dar el visto bueno a acuerdos internacionales importantes tales como la adhesión de nuevos Estados miembros de la UE o acuerdos de asociación y comercio entre la UE y otros países.
Función legislativa
La elaboración de la legislación comunitaria, normalmente reglamentos y directivas, reposa sobre el Consejo y el Parlamento, representantes respectivos del principio territorial y del principio poblacional. La Comisión, de naturaleza asimilable al concepto tradicional de poder ejecutivo, ostenta el cuasimonopolio de la iniciativa, cerrando así el conocido triángulo institucional europeo (Comisión-Consejo-Parlamento).
Sin embargo, esa exclusividad en la iniciativa legislativa se flexibiliza al permitirse que el Parlamento Europeo, por mayoría, solicite a la Comisión que presente la correspondiente propuesta; solicitud que en caso de ser denegada, habrá de acompañarse de la correspondiente motivación por parte de la Comisión.[16] [17]
Procedimiento ordinario
Tras el tratado de Lisboa, el procedimiento de codecisión (contenido en el artículo 294 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) pasa a denominarse procedimiento legislativo ordinario, consistiendo en la adopción conjunta por el Parlamento Europeo y el Consejo, a propuesta de la Comisión, de un reglamento, una directiva o una decisión de naturaleza legislativa.[18]
Dicho procedimiento, que pone en pie de igualdad al Parlamento y al Consejo, será el eje de la función legislativa de las Instituciones. Su ámbito de aplicación abarca la gran mayoría de las materias posibles, correspondiendo las excepciones a los llamados procedimientos legislativos especiales.
Legislación especial
Junto al procedimiento legislativo ordinario, también existen otros procedimientos legislativos especiales, que tienen carácter excepcional y sólo son aplicables cuando los Tratados expresamente lo indiquen. De esta manera, consisten en la adopción de un reglamento, una directiva o una decisión, bien por el Parlamento Europeo con la participación del Consejo, bien por el Consejo con la participación del Parlamento Europeo.[19]
Según el Tratado de Niza, los procedimientos especiales ya sólo se extendían a unas pocas materias políticas. Por ejemplo, en materia de la política agrícola o la política de competencia, el voto del Parlamento no es vinculante; y también la política exterior de la Unión Europea y la cooperación policial y judicial en materia penal tienen carácter intergubernamental. En la política comercial común, finalmente, el Parlamento ni siquiera tiene que ser consultado.
El Tratado de Lisboa establece una mayor reducción de las materias propias de los procedimientos especiales. De este modo, materias como la política agraria o la cooperación en materia penal se atribuyen al procedimiento legislativo ordinario.
Función presupuestaria
Véase también: Presupuesto de la Unión Europea
Tanto la Comisión, como el Parlamento y el Consejo, participan en la elaboración del presupuesto de la Unión Europea (alrededor de 113 mil millones de euros en 2006[20] ).
La aprobación del presupuesto anual, que rige desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre,[21] se produce mediante un procedimiento legislativo especial regulado con detalle en el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Proyecto de presupuesto
El procedimiento presupuestario comienza con la elaboración de un proyecto de presupuesto por parte de la Comisión. Dicho proyecto estará estructurado en una previsión de ingresos y de gastos, y se apoyará en las previsiones que previamente hayan presentado las Instituciones (salvo el Banco Central Europeo) a la Comisión.[22]
El proyecto de presupuesto será propuesto por la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo. Tal propuesta habrá de ser realizada antes del 1 de septiembre del año que precede a la ejecución del presupuesto.[23]
Aprobación del presupuesto
El Consejo será el primero en pronunciarse acerca del proyecto de presupuesto, remitiendo su posición motivada al Parlamento antes del 1 de octubre.[24]
Por su parte, el Parlamento Europeo podrá aprobar la posición del Consejo, lo que supondría la adopción del Presupuesto. Igualmente, si en el plazo de 42 días no ha manifestado su postura, el Presupuesto se considerará adoptado. Finalmente, si la mayoría parlamentaria aprobase la introducción de enmiendas al Presupuesto, se convocará automáticamente el Comité de Conciliación. No obstante, si en el plazo de diez días, el Consejo decide aprobar las enmiendas presupuestarias del Parlamento, el Comité de Conciliación no llegará a reunirse.[25]
Comité de Conciliación
Suponiendo que el Consejo no apruebe las enmiendas del Parlamento, actuará el Comité de Conciliación, compuesto por los miembros del Consejo e igual número de europarlamentarios. El Comité dispondrá de 21 días para consensuar un texto conjunto.[26]
En el supuesto de que no se llegase a consensuar un texto conjunto en el seno del Comité de Conciliación, la Comisión habrá de presentar un nuevo proyecto de presupuesto, volviendo así a la primera etapa del procedimiento.[27]
No obstante, si el Comité llega a consensuar dicho texto conjunto, deberá someterlo a la aprobación del Consejo y del Parlamento, que contarán con un plazo de catorce días para pronunciarse. Si una de las instituciones sobrepasa ese plazo, supondrá la adhesión a la decisión que adopte la otra Institución, cuando sí se haya pronunciado; si ninguna de las instituciones se pronuncia en plazo, el texto se considerará adoptado.[28]
En el supuesto de que el Consejo lo apruebe y el Parlamento lo rechace, la Comisión deberá presentar otro proyecto de presupuesto. En el supuesto de que el Consejo lo rechace, pero el Parlamento lo apruebe, se abrirá un plazo de catorce días a partir de la fecha del rechazo del Consejo, decidir por mayoría de los miembros que lo componen y tres quintas partes de los votos emitidos.[29]
Función de control político
Al Parlamento Europeo se le confían amplias funciones de control político, tanto de las instituciones, como del cumplimiento del Derecho Comunitario y el desarrollo de las distintas políticas comunitarias.
De esta manera, se permite la creación de una Comisión Temporal de Investigación que conozca de una determinada infracción del Derecho Comunitario, o de una mala aplicación de las políticas comunitarias.[30] Asimismo, dependerá del Parlamento la figura del Defensor del Pueblo Europeo, cuyo cometido reside en la protección de las personas físicas y jurídicas pertenecientes a la Unión Europea.[31]
No obstante, las materias más relevantes del control político del Parlamento Europeo son las relacionadas con las instituciones comunitarias, especialmente la Comisión, y en menor medida, con el Consejo, el Consejo Europeo, el Tribunal de Cuentas, o el Banco Central Europeo.
Tales poderes de control sobre las instituciones se ejercen con diversa intensidad en función de la Institución sobre la que recaiga el control, consistiendo normalmente en una obligación de intercambiar información, bien sea mediante preguntas e interpelaciones, bien sea mediante la posibilidad de que el Parlamento exprese su posición, pudiendo ser ésta vinculante o no.
Sobre la Comisión
La Comisión está sujeta a un intenso poder de control político del Parlamento Europeo, similar al control que se ejerce en los parlamentarismos sobre el Gobierno.
Además de las preguntas que el Parlamento puede formular a los miembros de la Comisión, y los informes periódicos que ésta debe presentar a aquel; existe un importantísimo poder de decisión parlamentario en lo referente a la investidura de la Comisión, así como su cese mediante moción de censura.
Investidura y censura
En cuanto al nombramiento de la Comisión, el Parlamento Europeo habrá de aprobar, en un primer momento, el nombramiento del Presidente de la Comisión; en una segunda etapa, podrá aprobar el nombramiento de los miembros que compongan la Comisión. En dicho proceso intervendrá también el Consejo de la Unión Europea, de manera que podría afirmarse que la Comisión se apoya en la doble investidura del Consejo y del Parlamento.[32]
Respecto a la moción de censura, el Parlamento podrá forzar el cese de la Comisión en su conjunto mediante una propuesta que habrá de ser sometida a votación tres días después de su presentación, y que resultará aprobada por mayoría de dos tercios de los votos emitidos que representen, a su vez, la mayoría de los eurodiputados que integran el Parlamento.[33]
Sobre el Consejo
El poder de control del Parlamento sobre el Consejo es sustancialmente menor que el ejercido sobre la Comisión, habida cuenta que el Consejo es un órgano que teóricamente tiende a ponerse en pie de igualdad con el Parlamento, formando un poder legislativo bicéfalo, dentro del cual, representan el principio territorial (Consejo) y poblacional (Parlamento).
De esta manera, el Parlamento podrá formular preguntas orales o escritas al Consejo,[34] e incluso podrá instarle a desarrollar una determinada actividad de su competencia, petición que no tendrá carácter vinculante.
Sobre el Consejo Europeo[
Dada la peculiar naturaleza del Consejo Europeo, los poderes de control parlamentarios son menores, si cabe, que los ejercidos sobre el Consejo.
El Presidente del Consejo Europeo, al término de cada reunión, deberá presentar un informe ante el Parlamento Europeo.[35] Como contrapartida, el Consejo Europeo podrá instar la comparecencia del Presidente del Parlamento.[36]
Composición
Los diputados
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Los Diputados al Parlamento Europeo, generalmente conocidos como Eurodiputados, son los miembros del Parlamento Europeo. Los Diputados al Parlamento Europeo son elegidos cada cinco años mediante sufragio universal, directo, libre y secreto por los ciudadanos de la Unión; son libres e independientes en sus funciones políticas, y no están sometidos a mandato imperativo alguno durante el ejercicio de las mismas, sin perjuicio de los compromisos que adquieran como consecuencia de su adscripción voluntaria a alguno de los grupos políticos del Parlamento Europeo.
De acuerdo con las previsiones del Tratado de Lisboa, el Parlamento Europeo está compuesto por 750 diputados, más su Presidente;[37] no obstante, a día de hoy y a la espera de la efectiva aplicación de estos preceptos, la Cámara está integrada por un total de 751 miembros electos.
De acuerdo con el principio de democracia representativa que ordena el método de gobierno comunitario, los eurodiputados representan de manera directa a los ciudadanos europeos como tales y en su conjunto, no a sus Estados de origen.[38] Estos electores son los únicos ante quienes responden políticamente, de manera periódica, en las elecciones europeas.
Elecciones europeas
Desde 1979, las elecciones al Parlamento Europeo ("elecciones europeas") se realizan por sufragio universal directo y mandato de cinco años renovable. Las elecciones europeas de 2004 tuvieron lugar el 10, 11 y 13 de junio de 2004 en los entonces 25 Estados miembros, en Rumania y Bulgaria fue el 15 de enero de 2007. Las elecciones europeas de 2009 tuvieron lugar entre el 4 y el 7 de junio de 2009.
Los diputados son elegidos en cada Estado miembro por separado. Tienen derecho de voto activo todos los ciudadanos de la Unión a partir de la edad de 18 años, pudiendo elegir si quieren votar en su país de residencia o en el de su nacionalidad.
Hasta ahora, el sistema electoral concreto todavía se decide según reglamentos nacionales; sin embargo, antes de las elecciones de 2004 todos los Estados tuvieron que implementar una directiva que prevé una cierta homogeneización. Por ejemplo, ahora todos los Estados aplican sistemas de representatividad proporcional, no mayoritaria.
Sin embargo, la Unión Europea respeta los criterios de sufragio pasivo de los Estados miembros: por ejemplo, un ciudadano francés menor de 25 no podrá ser elegido eurodiputado en Francia, pero sí en España, donde sólo necesita tener 18 años. En países como Bélgica y Grecia, votar es obligatorio.
Cada Estado miembro tiene asignado un número fijo de escaños, 96 como máximo y 6 como mínimo. Los escaños se reparten, por regla general, en proporción con las cifras de población de cada país.
Sin embargo, el número no refleja exactamente el número de habitantes: Los Estados pequeños (como Malta o Luxemburgo) tienen más, los Estados grandes (sobre todo Alemania) menos diputados por habitante.
Esta regla de "proporcionalidad degresiva" pretende posibilitar el reflejo del pluralismo interior de los Estados pequeños, sin que por ello el Parlamento adquiera un tamaño exorbitante, algo que pasaría inevitablemente si los Estados grandes obtuvieran un número de diputados directamente proporcional.
Distribución de Escaños tras las Elecciones al Parlamento Europeo de 2009 | |||||||||||||
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Estado miembro | 2007 | 2009 Niza | >2010 Lisboa | Estado miembro | 2007 | 2009 Niza | >2010 Lisboa | Estado miembro | 2007 | 2009 Niza | >2010 Lisboa | ||
Alemania | 99 | 99 | 96 | República Checa | 24 | 22 | 22 | Eslovaquia | 14 | 13 | 13 | ||
Francia | 78 | 72 | 74 | Grecia | 24 | 22 | 22 | Irlanda | 13 | 12 | 12 | ||
Italia | 78 | 72 | 73 | Hungría | 24 | 22 | 22 | Lituania | 13 | 12 | 12 | ||
Reino Unido | 78 | 72 | 73 | Portugal | 24 | 22 | 22 | Croacia | - | 12 | 11 | ||
España | 54 | 50 | 54 | Suecia | 19 | 18 | 20 | Letonia | 9 | 8 | 9 | ||
Polonia | 54 | 50 | 51 | Austria | 18 | 17 | 19 | Eslovenia | 7 | 7 | 8 | ||
Rumania | 35 | 33 | 33 | Bulgaria | 18 | 17 | 18 | Chipre | 6 | 6 | 6 | ||
Países Bajos | 27 | 25 | 26 | Finlandia | 14 | 13 | 13 | Estonia | 6 | 6 | 6 | ||
Bélgica | 24 | 22 | 22 | Dinamarca | 14 | 13 | 13 | Luxemburgo | 6 | 6 | 6 | ||
Malta | 5 | 5 | 6 | ||||||||||
Total: | 785 | 736 | 751 |
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Desde 1979, las elecciones al Parlamento Europeo ("elecciones europeas") se realizan por sufragio universal directo y mandato de cinco años renovable. Las elecciones europeas de 2004 tuvieron lugar el 10, 11 y 13 de junio de 2004 en los entonces 25 Estados miembros, en Rumania y Bulgaria fue el 15 de enero de 2007. Las elecciones europeas de 2009 tuvieron lugar entre el 4 y el 7 de junio de 2009.
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